El Tribunal Constitucional (TC) declaró infundada la demanda contra la Ley 31188, referida a la negociación colectiva de las organizaciones sindicales de trabajadores estatales.
La demanda interpuesta en el gobierno de Francisco Sagasti fue rechazada al no alcanzar cinco votos conformes, tal como lo ordena la Ley Orgánica del TC.
Esta norma establece una vía libre para que se realice una negociación colectiva de los trabajadores de entidades públicas sin restricciones presupuestarias.
«Son objeto de la negociación colectiva la determinación de todo tipo de condiciones de trabajo y empleo, que comprenden las remuneraciones y otras condiciones de trabajo con incidencia económica, así como todo aspecto relativo a las relaciones entre empleadores y trabajadores, y las relaciones entre las organizaciones de empleadores y de trabajadores.» se lee en el artículo 4 de la Ley 31188.



