Las empresas de buses y hospedajes serán sancionadas si brindan algún servicio a extranjeros en situación irregular, asimismo, estos ciudadanos serán expulsados del país en un plazo de 48 horas,indica el Decreto Legislativo N.º 1582 del diario oficial El Peruano.
Vale destacar que, esta nueva norma tiene como objetivo fortalecer el principio de soberanía en materia migratoria, mediante el control fronterizo, procedimientos administrativos y de servicios para contribuir con la seguridad y el control interno del Perú.
Transporte interprovincial
Según establece la ley, la Superintendencia Nacional de Migraciones se encargará de sancionar a las empresas de transporte terrestre que trasladen a los migrantes en situación irregular. Por tal motivo, estos consorcios tiene que certificar y validar que las “personas extranjeras sean pasajeros, conductores y/o, personal que lo acompaña en el servicio, cuenten con los documentos de identidad y/o de viaje, válidos y vigentes”.

Hospedajes
Por su parte los hospedajes también deberán solicitar y contar con los documentos vigentes antes de alquilar una habitación, de lo contrario, serán sancionados con todo el peso de la ley.
“Deberán exigir la presentación de un documento que acredite la situación migratoria regular del extranjero con quien suscriba contrato de arrendamiento y de los otros extranjeros que habiten y formen parte del grupo arrendador en el mismo inmueble”, indicó el nuevo reglamento.
Además, se tiene que tener en cuenta que los dueños de estos alojamientos tienen que permitir el ingreso del personal de Migraciones a sus instalaciones a efectos de realizar acciones de verificación y fiscalización en respuesta de la normativa recientemente promulgada.




