Tras discriminación hacia una mujer transgénero por parte del centro comercial Mega Plaza de Chimbote, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), estableció una sanción equivalente a S/ 230 mil.
Según se conoce, trabajadores del centro comercial, habrían impedido el ingreso de la cliente a los servicios higiénicos de mujeres sin razón objetiva y/o justificada, incumpliendo así, el artículo 38 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
A raíz de este incidente, INDECOPI precisó que no se puede negar el acceso a diferentes establecimientos, además, se debe respetar la identidad de género de las personas, la cual es un derecho fundamental por la Constitución.
“Además, en este caso, el centro comercial no presentó pruebas que acreditaran que el ingreso de personas transgénero a los servicios higiénicos afectara la seguridad, privacidad y tranquilidad de las personas”, indicó en la nota de prensa publicada.



