Según norma de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) publicada el 12 de abril, en el diario oficial El Peruano, las Universidades con licencia denegada tendrán un año adicional como plazo máximo para culminar actividades.
Según la Resolución del Consejo Directivo N° 030-2022-SUNEDU/CD, señala las universidades y escuelas de posgrado con licencia denegada, para acogerse a esta ampliación de cese, deberán comunicar a la SUNEDU su decisión de acuerdo con los criterios de oportunidad plasmados en la resolución.
Para poder corroborar el cumplimiento de las condiciones previstas en la Resolución del Consejo Directivo N° 044-2020-SUNEDU/CD, la norma indica que el cómputo del plazo excepcional previsto en la presente resolución, se iniciará con la comunicación de respuesta enviada por la Dirección de Supervisión. Esto, en el marco de la supervisión del régimen de cese de actividades.



