El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) declaró infundada la demanda de amparo interpuesta por un ciudadano en contra de la Junta de Propietarios de la habilitación cacacional Playa del Golf —Primera Etapa—. El motivo: la prohibición de tenencia de mascotas en el Reglamento de Normas Básicas de Convivencia del condominio no infringía sus derechos constitucionales.
¡Antecedentes del caso revelados!
Según los documentos del proceso de amparo, en la etapa de la pandemia de covid-19 y hasta julio de 2020, la Junta de Propietarios permitió al demandante tener a sus mascotas en el condominio. Sin embargo, terminado ese periodo, se revocó el permiso, recordando la prohibición preexistente.

¡Puntos claves del Tribunal Constitucional!
Para el Tribunal, la autonomía de la voluntad se traduce en el deber de resguardar los intereses del colectivo. Este grupo inicialmente eligió pertenecer al condominio de playa siguiendo ciertas reglas, incluida la prohibición de mascotas. Además, resalta que la tenencia de animales domésticos puede ser aceptada si la junta de propietarios lo acuerda, regulando medidas preventivas contra posibles agresiones.




