La tacha electoral contra un candidato a gobernador regional de Amazonas llamó la atención por los singulares argumentos presentados ante el Jurado Electoral Especial (JEE) de Chachapoyas. El pedido fue dirigido contra Amílcar Díaz Mendoza, candidato de Somos Perú, quien participa en las Elecciones Regionales y Municipales 2026.

La solicitud fue presentada por el Frente Único de Damas de Chachapoyas, Bagua, Bongará, Condorcanqui, Luya, Rodríguez de Mendoza y Utcubamba. El documento pidió la exclusión de Díaz Mendoza bajo argumentos relacionados con su apariencia, carisma y caballerosidad, planteados de manera satírica.

¿Por qué presentaron una tacha contra Amílcar Díaz?

Según el documento citado por RPP, la agrupación sostuvo que el candidato no declaró en su hoja de vida que era “muy guapo” y que contaba con supuestos niveles excesivos de carisma y caballerosidad. La presentación también señaló, en tono humorístico, que Díaz Mendoza tendría un “diseño estético” similar al de un muñeco de torta.

El escrito planteó que esta supuesta omisión afectaba el principio de transparencia y podía generar confusión entre los electores de Amazonas. Entre sus argumentos aparecieron expresiones como “mirada con efecto hipnótico”, “monopolio de sonrisas” y “levantar pasiones”.

¿Qué otros argumentos incluyó el documento?

El expediente presentado ante el organismo electoral tuvo 12 páginas y añadió otros argumentos formulados en tono jocoso. Entre ellos figuraron referencias al supuesto “ocultamiento de vínculos contractuales con Cupido” y a un presunto exceso de carisma presentado de manera irónica.

La documentación también mencionó como supuestos medios probatorios unas “actas de suspiros documentados” de delegaciones femeninas de las siete provincias de Amazonas. Asimismo, incluyó un supuesto peritaje de opinión pública que calificó al candidato como el “Ken de la Amazonía Peruana”.

¿La tacha electoral será evaluada por el JEE?

Aunque el documento fue presentado ante el JEE de Chachapoyas y figura en el portal del Jurado Nacional de Elecciones, la solicitud no consignó el pago correspondiente al trámite de la tacha. Por esa razón, el pedido no podrá ser evaluado por el órgano electoral, según la información publicada sobre el expediente.

El caso corresponde al expediente N.° 2026021129, denominado “Formulamos tacha de amor contra el candidato Amílcar Díaz”. De esta manera, la peculiar iniciativa no generó un procedimiento electoral contra la candidatura debido a la falta del requisito económico señalado en el expediente.