Ya es oficial. El Gobierno de promulgó la esperada ley que autoriza a los contribuyentes a retirar hasta cuatro Unidades Impositiva Tributaria (UIT), equivalentes a 20.600 soles, de sus Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), según lo anunciado por el ministro de Economía, José Arista.
La medida, establecida en la Ley 32002 y publicada en el Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, permite el retiro sin excepción para todos los afiliados, con un procedimiento que podrá realizarse de forma presencial o digital dentro de los próximos 90 días calendario.
Además, la normativa establece que la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) tiene un plazo de 15 días calendario para elaborar el reglamento de aplicación, garantizando la intangibilidad de los fondos retirados, salvo en casos de deudas alimentarias, como destaca la ley.
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¿De qué manera se hará el retiro?
Con la entrada en vigor del reglamento correspondiente, los afiliados participantes tienen un plazo de 90 días para solicitar su retiro de fondos, ya sea en línea, de manera remota o en persona, en una única ocasión.
El pago se realizará en cuatro partes, distribuidas cada 30 días. Según la Ley 32002, en caso de desistir del retiro, el aportante debe notificar a su AFP con al menos diez días de anticipación a la fecha programada para el siguiente desembolso.
¿Cómo podré acceder al desembolso?
- La AFP dispondrá de un lapso de 30 días para efectuar el primer desembolso, el cual podrá alcanzar hasta 1 UIT (S/ 5 150).
- Posteriormente, se realizará un segundo abono equivalente a 1 UIT dentro de los siguientes 30 días.
- Las dos UIT restantes serán depositadas en un periodo adicional de 30 días, contados a partir del segundo desembolso.
- Cabe destacar que, en caso de desistimiento, el afiliado deberá notificar a la prestadora con un mínimo de 10 días de antelación al desembolso previsto.