Inicio Destacada Gobierno aprueba protocolos para el manejo de cadáveres durante emergencias y desastres

Gobierno aprueba protocolos para el manejo de cadáveres durante emergencias y desastres

La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) aprobó nuevos lineamientos para regular la recuperación, identificación y disposición final de cadáveres y restos humanos durante emergencias y desastres en el Perú. La medida, sustentada en una propuesta del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), establece procedimientos para las entidades públicas de los niveles nacional, regional y local, con el objetivo de garantizar una atención coordinada, segura y respetuosa de la dignidad de las víctimas.

Cuatro fases para el manejo de cadáveres

La norma establece cuatro etapas para organizar la respuesta ante situaciones con víctimas mortales. La primera comprende la planificación y coordinación entre instituciones, así como la previsión de recursos y la identificación de espacios para el acopio de restos humanos.

La segunda fase contempla la búsqueda y recuperación de los cuerpos, su codificación, embolsado y traslado a las zonas de procesamiento, bajo medidas de bioseguridad y respeto de la cadena de custodia. La tercera etapa corresponde a la identificación forense mediante peritajes científicos y procedimientos biométricos.

Finalmente, la cuarta fase establece la entrega de los cuerpos identificados a sus familiares o la inhumación registrada de aquellos que no hayan sido identificados o reclamados.

¿Qué instituciones participarán?

La aplicación de los lineamientos involucra al Ministerio Público, las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú, el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios, el Ministerio de Salud, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) y los gobiernos regionales y locales.

El Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Ministerio Público estará a cargo de las pericias para identificar a las víctimas mediante técnicas como dactiloscopía, odontología forense, antropología y análisis genético. Por su parte, el Reniec utilizará equipos móviles del Sistema Automatizado de Identificación de Huellas Dactilares (AFIS) para agilizar la identificación biométrica después de la muerte.

Espacios para procesar y conservar los cuerpos

Los gobiernos regionales y municipales serán responsables de identificar y habilitar los denominados “Puntos Negros”, espacios destinados al acopio inicial y procesamiento de cadáveres. Según los lineamientos, estos lugares deberán ubicarse preferentemente en edificaciones resistentes a sismos y fuera de zonas inundables, con una superficie referencial de 1.000 metros cuadrados.

Además, deberán contar con servicios básicos, áreas diferenciadas para administración y logística, equipos de protección personal y módulos de refrigeración capaces de mantener temperaturas de entre 2 y 4 °C.

En situaciones excepcionales en las que no exista refrigeración eléctrica, se permitirá la conservación temporal con hielo seco, bajo condiciones de ventilación adecuadas. Asimismo, los municipios deberán habilitar cementerios temporales para la inhumación registrada de cadáveres que no hayan podido ser identificados.

Con estos procedimientos, el Ejecutivo busca uniformizar la actuación de las instituciones ante desastres con víctimas mortales y establecer mecanismos para el tratamiento forense, la identificación de las personas fallecidas y el acompañamiento a sus familiares.