El Ejecutivo publicó el Decreto Supremo Nº 143-2022-PCM, donde se establece el Estado de Emergencia a nivel Nacional.
Por medio del documento, se restringe o suspende el ejercicio de los derechos constitucionales como la libertad y seguridad personal, la inviolabilidad del domicilio y la libertad de reunión.
No obstante, no se declaró orden de inamovilidad social, ni toque de queda; y las actividades productivas continúan.
Hay que resaltar que durante los 30 días que dura la medida, los ciudadanos pueden ser detenidos en cualquier momento sin orden judicial y están impedidos de reunirse, y de perturbar la tranquilidad y el orden.
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