El Gobierno promulgó la ley que declara como feriado nacional el 6 de agosto, en todas las entidades e instituciones públicas. Esto, en conmemoración de la Batalla de Junín, según la norma publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.
La modificación del artículo 6 del Decreto Legislativo 713, el cual se consolida la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, incluye nuevo feriado a la lista de días no laborables.
La norma recuerda que, además del 6 de agosto, los días feriados son los siguientes:
– Año Nuevo (1 de enero)
– Jueves Santo y Viernes Santo (movibles)
– Día del Trabajo (1 de mayo)
– San Pedro y San Pablo (29 de junio)
– Fiestas Patrias (28 y 29 de julio)
– Santa Rosa de Lima (30 de agosto)
– Combate de Angamos (8 de octubre)
– Todos los Santos (1 de noviembre)
– Concepción (8 de diciembre)
– Batalla de Ayacucho (9 de diciembre)
– Navidad del Señor (25 de diciembre)
La presente norma, aprobada por el Congreso de la República, está refrendada por el presidente Pedro Castillo y el titular del Consejo de Ministros, Aníbal Torres.



