El Congreso de la República aprobó una modificación a la Ley N.º 27337, que regula el Código de los Niños y Adolescentes, permitiendo que un solo padre otorgue autorización notarial para que su hijo o hija viaje fuera del país en ciertos casos.
La modificación, publicada en el diario El Peruano, busca facilitar los viajes de menores a eventos médicos, académicos y deportivos internacionales, sin la necesidad de la autorización de ambos padres en todos los casos.
Atención médica especializada en el extranjero
Uno de los aspectos más destacados de la reforma es que permite a un solo padre autorizar un viaje cuando el menor necesita atención médica en el extranjero. Esto se aplica a casos de enfermedades complejas o raras que no puedan ser tratadas adecuadamente en Perú.
Para ello, el padre deberá presentar un informe médico detallado y documentos que respalden la necesidad del tratamiento, agilizando así el proceso en situaciones de emergencia.
Oportunidades académicas y deportivas
Además de emergencias médicas, la nueva ley también contempla viajes para estudios o competencias internacionales. Un solo padre podrá autorizar la salida de un menor para participar en programas de intercambio estudiantil o representar al Perú en olimpiadas académicas o eventos deportivos internacionales.
En estos casos, se deberá presentar la documentación oficial que acredite la admisión o matrícula, así como la invitación al evento, garantizando que los menores puedan aprovechar estas oportunidades sin obstáculos legales.
Mecanismos para resolver conflictos
Para resolver posibles desacuerdos entre los padres, se establece un procedimiento legal basado en el artículo 112 del Código de los Niños y Adolescentes.
Además, la reforma simplifica los trámites para viajes dentro de Perú, permitiendo que un solo padre otorgue la autorización. Esta medida busca dar acceso a oportunidades clave para los menores, sin complicaciones burocráticas innecesarias.


