El Gobierno promulgó la Ley N°32033, medida destinada a garantizar y promover el acceso y uso de medicamentos genéricos en denominación común internacional (DCI). El Ministro de Salud, César Vásquez, destacó que esta normativa no solo facilitará el acceso a medicinas de bajo costo, sino que también fortalecerá la regulación de productos farmacéuticos y dispositivos médicos.

Disposiciones más relevantes de la Ley N°32033

Una de las disposiciones clave de esta nueva ley es la exigencia para farmacias y boticas de garantizar que al menos el 30 % de su stock de medicamentos sean genéricos. Esta medida es respaldada por una lista específica de 434 medicinas aprobadas por la cartera de Salud a principios de abril del 2024.

Además, la ley impone restricciones a la venta de productos sin autorización de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid). Incluso aquellos productos con permisos de la Dirección General de Salud Ambiental (Digesa) no podrán ser comercializados sin el aval de Digemid.

Otro aspecto destacado de esta legislación es la prohibición total de servicios no autorizados en farmacias y boticas, como consultas médicas o campañas.

Aclaraciones del Ministerio de Salud

Ministerio de Salud (Minsa) aclaró la información sobre la prohibición de la aplicación de inyectables en boticas y farmacias farmacias. Afirmó que La Ley N.° 32033 no hace mención alguna sobre esta práctica.
Además, señaló que las farmacias o boticas que deseen prestar servicios complementarios (aplicación de inyectables) deben contar con personal calificado y área específica para el fin.