En Lima, el debate político nacional se intensificó en medio del calendario electoral, luego de que el Jurado Nacional de Elecciones resolvió la nulidad de los comicios internos de Acción Popular, una decisión que marcó la coyuntura diaria de la ciudad y reconfiguró el escenario partidario rumbo a las elecciones generales. La medida generó reacciones diversas en el sistema político y puso bajo escrutinio el cumplimiento de las normas electorales vigentes. El fallo impactó directamente en la participación del partido en el proceso electoral nacional.
¿Por qué el JNE anuló los comicios internos de Acción Popular?
La nulidad electoral se sustentó en irregularidades detectadas durante la designación de delegados, proceso que Acción Popular realizó sin supervisión directa de la ONPE, amparado en la normativa vigente. Según la explicación técnica, el partido eligió delegados el 30 de noviembre, pero luego presentó ante el sistema digital nombres distintos a los consignados en las actas internas. El cambio de delegados vulneró la legalidad del proceso interno.
¿Qué rol cumplieron la ONPE y el sistema digital?
La ONPE precisó que no supervisó directamente esas elecciones internas y que solo recibió la información ingresada por el propio partido mediante la plataforma digital habilitada. Sin embargo, afiliados de Acción Popular presentaron al JNE las actas originales que evidenciaron la discrepancia entre los delegados elegidos y los finalmente registrados. Este contraste documental resultó determinante para la resolución jurisdiccional.
¿El JNE actuó de oficio o por pedido de los afiliados?
El **JNE** actuó a partir de recursos de nulidad interpuestos por los propios afiliados del partido, quienes cuestionaron la validez de las listas presentadas. En su calidad de máxima autoridad electoral, el organismo evaluó las pruebas y resolvió conforme al reglamento de elecciones primarias. La decisión respondió a un procedimiento legal y no a una intervención de oficio.
¿Existe alguna vía legal para revertir la nulidad?
De acuerdo con especialistas en derecho electoral, el fallo del JNE constituyó instancia definitiva e inapelable según la Constitución Política y el reglamento electoral. La proclamación de resultados primarios siguió el cronograma oficial, sin incluir a Acción Popular tras la nulidad de sus comicios. Este escenario cerró la posibilidad de reconsideración dentro del proceso electoral en curso.


