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Trujillo: JEET declara improcedente pedido de nulidad de elecciones provinciales

La nulidad de las elecciones provinciales de Trujillo quedó descartada tras la decisión del Jurado Electoral Especial de Trujillo (JEET), que declaró improcedente la solicitud presentada por el excandidato a la alcaldía Alfredo Galindo contra el triunfo de Roy Arbaiza Corcuera, representante del Partido Patriótico del Perú. El pedido buscaba dejar sin efecto los resultados del proceso electoral por presuntas irregularidades durante la campaña y en la declaración de información del candidato electo.

¿Por qué Alfredo Galindo solicitó anular las elecciones en Trujillo?

El exaspirante a la alcaldía sustentó su solicitud en tres cuestionamientos. El primero estuvo relacionado con la presunta omisión de una sentencia por alimentos en la hoja de vida de Arbaiza; el segundo, con el supuesto uso de la imagen del exalcalde Arturo Fernández durante la campaña electoral, y el tercero, con la presunta falta de candidatos a regidores en la lista del partido ganador. Estos argumentos fueron presentados como motivos para solicitar la nulidad de las elecciones provinciales.

¿Qué argumentos utilizó el JEET para rechazar el pedido?

El pleno del organismo electoral determinó que la solicitud incumplió requisitos fundamentales para su evaluación. Entre las observaciones, precisó que Alfredo Galindo presentó el recurso fuera del plazo legal de tres días y que lo hizo como ciudadano, pese a que la normativa establece que este tipo de pedidos corresponde a un personero legal acreditado como representante de una organización política. Además, el expediente no incluyó el pago de la tasa electoral correspondiente.

¿Qué pruebas faltaron para sustentar la nulidad electoral?

Otro de los fundamentos de la resolución fue la ausencia de elementos probatorios que demostraran la existencia de hechos capaces de alterar los resultados de la votación. El JEET indicó que no se presentaron pruebas de fraude, cohecho, soborno, intimidación o violencia que permitieran acreditar una afectación al proceso electoral o una intervención irregular a favor de alguna lista. Para el tribunal, los cuestionamientos expuestos no cumplieron las condiciones legales necesarias para declarar la nulidad de los comicios.

¿Qué pasará con las presuntas omisiones en la hoja de vida de Roy Arbaiza?

Aunque el organismo electoral descartó que las omisiones en una hoja de vida constituyan, por sí solas, una causal para anular una elección, dispuso remitir el expediente a la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales. Esta instancia deberá elaborar un informe para determinar si existieron inconsistencias en la información declarada por el candidato electo y establecer las acciones correspondientes. En caso de comprobarse las irregularidades, podrían aplicarse las multas previstas y derivarse el caso al Ministerio Público para las investigaciones respectivas. De esta manera, el resultado electoral provincial no quedó anulado, aunque las observaciones sobre la hoja de vida continuarán bajo evaluación.