Desde este martes 8 de abril entró en vigencia la Ordenanza Municipal N.° 046-2024-MPT, la cual regula el horario de comercialización y consumo de bebidas alcohólicas en el distrito y la provincia de Trujillo. Esta medida aplica a todos los establecimientos, tengan o no licencia de funcionamiento otorgada por la Municipalidad Provincial de Trujillo.
Locales solo podrán atender hasta la 1:00 a.m.
La ordenanza modifica el artículo 10 de la O.M. N.° 024-2014, estableciendo que la atención en locales que expenden bebidas alcohólicas será de 7:00 p.m. a 1:00 a.m., todos los días. A esa hora, los establecimientos deberán permanecer completamente cerrados. Esta disposición impacta directamente en la actividad nocturna de la ciudad.
La ordenanza también prohíbe el uso de veredas y áreas verdes como espacios de estacionamiento para clientes de estos locales. Los propietarios deberán implementar acondicionamiento acústico en sus establecimientos. Esta medida busca evitar molestias a los vecinos y peatones.
Aplica a todos los giros relacionados con diversión
El nuevo horario aplica a locales con actividades de diversión nocturna, de acuerdo con el inciso c) del artículo 4 de la ordenanza. Se espera un mayor control municipal para garantizar su cumplimiento. Las sanciones por incumplimiento aún no se han detallado oficialmente.