Este sábado 30 de abril, el Gobierno promulgó el decreto supremo Nº 31452, que exonera del Impuesto General a las Ventas (IGV) a los alimentos de la canasta básica. Asimismo, se menciona la relación de bienes que intervienen en el proceso productivo.
Esta norma estará vigente a partir de mañana 1 de mayo. Los alimentos que se les reducirá el precio son: el pollo, huevo, azúcar, fideos y pan.
Desde el Ministerio de Economía y Finanzas, se precisó que se otorgará un crédito fiscal a los productos que temporalmente se exonerarán del IGV, a fin de que no incrementen su costo final.