Desde el 15 de agosto entrará en vigencia las infracciones por incumplir los nuevos límites de velocidad tanto en calles, jirones, avenidas y para las carreteras en su paso por centros poblados a nivel nacional. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) recalcó que la multa puede llegar hasta el 50% de 1 UIT; es decir, S/ 2.300.
La Policía Nacional ya viene multando a nivel nacional, ya que éste nuevo reglamento entró en vigencia el último 18 de julio.
Según el Reglamento Nacional de Tránsito, actualizado con el Decreto Supremo 025-2021-MTC aprobado en julio 2021, no se deberá exceder los 30 km/h (antes era 40 km/h) en las calles y jirones. Esto mismo se aplica en las avenidas, donde no se deberán superar los 50 km/h (antes era 60 km/h).
Asimismo, para las carreteras que cruzan centros poblados o viviendas ubicadas de forma continua o dispersa parcialmente, zonas escolares u hospitales. En zonas comerciales: 30 km/h, en zonas residenciales: 50 km/h y en zonas escolares / hospitales: 30 km/h.
Además, si se supera el límite máximo establecido, se impondrá la sanción de forma gradual. Excederse hasta 10Km/h por encima del límite conlleva una sanción de 18% de una UIT y 50 puntos negativos en el récord del conductor; excederse entre 10 km/h y 30 km/h por encima del límite acarreará una sanción equivalente al 24% de una UIT y acumulará 60 puntos en contra en su historial.
Si se supera el límite máximo en más de 30 km/h ocasionará una multa equivalente al 50% de una UIT y se sumarán 70 puntos negativos en el historial del conductor. Cabe precisar que una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) equivale a S/4,600, según informó el Ministerio de Transportes y Comunicaciones