El Gobierno promulgó la Ley N°32202, que establece una asignación especial de S/2 550 mensuales para los comandos militares que participaron en el rescate Chavín de Huántar el 22 de abril de 1997.
Este operativo liberó a 72 rehenes secuestrados en la residencia del embajador de Japón en Lima. La ley fue publicada en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y tiene como objetivo reconocer la valiosa labor de los militares que estuvieron en el rescate.
¿Qué implica esta asignación?
La asignación no tiene carácter remunerativo, no es transferible ni hereditaria, y no está sujeta a cargas sociales. Además, no será utilizada como base para el cálculo de compensaciones ni otros beneficios laborales.
El pago se realizará a través del Registro Centralizado de Planillas del Ministerio de Economía y Finanzas, y será efectivo sin la necesidad de fondos adicionales del tesoro público, según lo establecido por la Ley 32202.
La ley especifica que esta asignación es excluyente de cualquier otro beneficio económico que pueda otorgarse en el futuro. La presidenta Dina Boluarte y el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, firmaron la norma en reconocimiento a las Fuerzas Armadas por su participación en el histórico rescate.



