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Lima: condenan por Baguazo a dos generales PNP

ieciséis años después del Baguazo, la Corte Suprema de Justicia del Perú emitió una sentencia que marcó un hito en uno de los episodios más trágicos del país. En medio de un contexto nacional donde se discute la responsabilidad de las autoridades en conflictos sociales, el tribunal condenó a dos altos mandos policiales por los hechos ocurridos en la Curva del Diablo, en Bagua, región Amazonas. La decisión judicial reabrió el debate sobre el uso de la fuerza y la cadena de mando en operativos policiales.

¿Por qué condenaron a los generales PNP por el Baguazo?

La sala suprema sentenció a José Armando Sánchez Farfán y Luis Elías Muguruza Delgado, generales de la Policía Nacional del Perú, a siete años de prisión efectiva por el delito de homicidio simple por omisión impropia. El tribunal determinó que ambos omitieron su deber de garantizar la vida durante el operativo policial del 5 de junio de 2009. La resolución los responsabilizó por la muerte de seis civiles durante la intervención.

¿Qué ocurrió en la Curva del Diablo en 2009?

El conflicto en Bagua surgió por protestas de pueblos indígenas contra decretos legislativos vinculados a concesiones extractivas. La ocupación minera en la Cordillera del Cóndor por parte de la empresa Afrodita generó rechazo de comunidades awajún y wampís. El bloqueo de la carretera Fernando Belaunde Terry en la zona conocida como Curva del Diablo desató uno de los enfrentamientos más graves entre el Estado y comunidades amazónicas.

¿Cómo se desarrolló el operativo policial del Baguazo?

Aunque los manifestantes anunciaron que se retirarían de forma pacífica, la Policía ejecutó un operativo previamente coordinado. Durante la intervención, se lanzaron bombas lacrimógenas y se registraron enfrentamientos que escalaron rápidamente. La jornada dejó un saldo trágico que incluyó la muerte del líder awajún Santiago Manuin y varios fallecidos más.

¿Cuál es la reparación civil impuesta por la Corte Suprema?

El fallo elevó la reparación civil a 150 mil soles por cada víctima mortal. El monto deberá ser asumido de manera solidaria por los condenados y el Estado peruano. La sentencia estableció un precedente sobre la responsabilidad de altos mandos en operaciones que derivan en pérdida de vidas humanas.