El Poder Ejecutivo aprobó el reglamento de la Ley 32027, que autoriza a los trabajadores formales a retirar la totalidad de su Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) hasta el 31 de diciembre del 2024. Esta medida, fue anunciada a través del Decreto Supremo 003-2024-TR y publicada este domingo 26 de mayo en el diario oficial El Peruano.
Según lo establecido por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), los beneficiarios de esta disposición son los trabajadores incluidos en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650, así como aquellos sujetos al régimen laboral del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, tanto en empresas estatales como en el sector público. La normativa entrará en vigencia de forma inmediata.
¿Cuándo podré acceder a mi dinero?
A diferencia de los procesos de retiro de fondos de las AFP, el acceso a la CTS estará disponible de manera inmediata una vez vigente la normativa, es decir, a partir del lunes 27 de mayo. Jorge Carrillo Acosta, profesor de Pacífico Business School, señaló que si un trabajador opta por retirar el dinero en efectivo, la entidad financiera está obligada a hacerlo de manera inmediata. En caso de transferencia a otra cuenta en otra institución, el plazo máximo para su ejecución será de 2 días hábiles.
¿Cómo hago el retiro de mi dinero?
Los trabajadores podrán optar por realizar retiros totales, parciales o parciales de los montos disponibles en sus respectivas cuentas de CTS. El acceso a los fondos de CTS se agiliza a través de las plataformas digitales bancarias y financieras, brindando mayor autonomía y comodidad a los trabajadores en la gestión de sus recursos.
De esta manera, la entidad financiera correspondiente efectuará las transferencias a las cuentas indicadas por el trabajador, siempre y cuando pertenezcan a empresas del sistema financiero, cooperativas de ahorro y crédito, o empresas emisoras de dinero electrónico, cumpliendo con los límites y condiciones establecidos por la normativa aplicable.
Una vez recibida la solicitud de desembolso mediante transferencias a otras entidades, la entidad financiera tiene la obligación de realizar la transferencia a las cuentas indicadas por el trabajador en un plazo máximo de dos días hábiles.



